En México, los servicios por actividad empresarial y profesional se refieren a dos categorías fiscales distintas, aunque a menudo una persona puede realizar ambas. La principal diferencia radica en la estructura y la naturaleza de la actividad.
Servicios por Actividad Profesional
Los servicios por actividad profesional son aquellos que presta una persona física (un individuo) de manera independiente, utilizando sus conocimientos especializados, habilidades y, a menudo, una titulación específica. No requieren una estructura empresarial compleja, como tener empleados o un local comercial dedicado.
Características principales:
- Autónomo e independiente: El profesional trabaja por su cuenta, sin una relación laboral de subordinación con un empleador.
- Basado en conocimientos y habilidades: Se fundamenta en la experiencia, educación o pericia del individuo.
- Sin estructura empresarial: Generalmente no implica tener una plantilla de empleados, maquinaria compleja o un local comercial dedicado (aunque puede tener una oficina pequeña).
- Sujetos a retención de ISR: En muchos casos, los clientes del profesional (especialmente si son personas morales) deben retener un porcentaje del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de sus honorarios y pagarlo directamente al SAT.
- Ejemplos comunes: Abogados, médicos, contadores, arquitectos, diseñadores gráficos, consultores, terapeutas, ingenieros, artistas, etc. (cuando trabajan de forma independiente).
Servicios por Actividad Empresarial
La actividad empresarial, por otro lado, se caracteriza por la existencia de una estructura de negocio organizada, que puede involucrar capital, mano de obra (empleados), bienes materiales y una planificación para la producción o distribución de bienes o servicios. Puede ser realizada tanto por personas físicas como por personas morales (empresas).
Características principales:
- Estructura de negocio: Implica la organización de recursos (humanos, materiales, financieros) para llevar a cabo una actividad.
- Foco en la producción o comercialización: Su objetivo es la creación, transformación, distribución o venta de bienes o la prestación de servicios a través de una organización.
- Puede involucrar empleados y activos: Es común que una actividad empresarial tenga personal a cargo, locales físicos, maquinaria, inventarios, etc.
- Ejemplos comunes: Un restaurante, una tienda de abarrotes, un taller mecánico, una fábrica, una agencia de viajes, una empresa de transporte, una academia con profesores, una consultoría con varios empleados, etc.
Puntos clave de diferenciación (fiscal y operativa):
- Infraestructura: La actividad profesional se basa en el individuo, mientras que la actividad empresarial implica una organización con más recursos. Un fotógrafo que trabaja desde casa es un profesional; si abre un estudio con empleados, se convierte en empresario.
- Límite de ingresos: Ambos pueden tributar bajo el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales (RAEP) sin límite de ingresos. Sin embargo, para personas físicas con ingresos menores a un cierto monto (actualmente 3.5 millones de pesos anuales), existe la opción del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO), que ofrece una tributación más sencilla y tasas de ISR reducidas.
- Deducciones: Ambos regímenes permiten deducciones de gastos necesarios para la actividad, aunque pueden variar ligeramente.
- Obligaciones fiscales: Las obligaciones varían según el régimen fiscal elegido (RAEP o RESICO), pero ambos implican la emisión de facturas, llevar contabilidad (en mayor o menor medida) y presentar declaraciones.
Es fundamental comprender estas diferencias, ya que influyen directamente en el régimen fiscal en el que debes inscribirte ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y, por ende, en tus obligaciones y la forma en que calculas y pagas tus impuestos.